Laura
S. Jenkins ayuda a todo tipo de persona. Si Ud. se lesion� en el
trabajo, en un accidente de autom�vil, o en cualquier otro tipo de
negligencia, le podemos ayudar. Si Ud. tiene otro tipo de problema,
como de consumidor o peque�a industria, para que necesita consejo
legal o asistencia de litigio, nosotros le podemos ayudar. La
pr�ctica de Ley de la Sra. Jenkins es peque�a y dedicada
exclusivamente a ayudar a los que la necesiten. Si Ud. no est�
seguro de que necesita un abogado, ll�menos y la Sra. Jenkins
proveer� una consulta gratis, y ademas le dir� las opciones para
entablar su problema.
Porque debe eligir nuestra pr�ctica
Laura S. Jenkins, PC (corporaci�n profesional) es una pr�ctica
legal muy diferente. Ella est� muy dedicada a sus clientes. Otras
oficinas de abogados dicen que est�n dedicados, pero nosotros si
estamos. Despues de hablar con la Sra. Jenkins, Usted no tendr�
ninguna duda de que nosotros si cuidamos por nuestros clientes.La
Sra. Jenkins tiene experiencia extensiva en la ley de compensaci�n
al trabajador. Ella ha llevado a juicio muchos casos ante el
Comisionado Industrial. Tambi�n ha litigado un caso de lesiones
ocasionados en el trabajo hasta el Tribunal Superior, el Tribunal de
Apelaciones, y el Tribunal Supremo.
La Sra. Jenkins tambi�n tiene experiencia extensiva en
Litigaci�n Civil. Ha sometido a juicio casos en los Tribunales del
Districto y Tribunal Superior, y ella ha estado frente al Tribunal
de Apelaciones. Ser litigator civil fuerte es la esencia de un buen
abogado de da�os corporales. Ella est� preparada para explicar a
las grandes compa�ias de Seguros exactamente que pasar� si se
niegan a ofrecerle un valor justo por su caso. Y en el evento que su
caso no pueda ser resuelto en las Cortes, estamos dispuestos y capaz
de someter su caso a juicio.
Entonces si Ud. contrata a la Sra. Jenkins, tendr� por su lado
una firma peque�a en la cual la abogada tiene tiempo hablar con sus
clientes y una firma que est� dedicada a luchar por cada cliente,
sin importar el tama�o del caso. Tambi�n tendr� una abogada con
experiencia, que sabe tratar las compa�ias grandes de Seguro ya que
ella sabe como luchar por su caso en las cortes. Consecuentemente,
no hay porque buscar m�s, porque nuestra firma es la mejor posible
de ambos mundos.
Accidentes de Autos
Los accidentes de autos son la manera m�s com�n de sufrir
da�os corporales causado por la negligencia de otra persona. Si se
lesiona por un accidente no por su culpa, algunas sugerencias
importantes:
- Llame a la policia. Es requirido por ley si hay lesiones
serios o da�o a la propiedad de mas de $500. Pero si hay alguna
posibilidad que Ud. se lesion�, es muy importante llamar a la
policia porque su reporte va a ser la m�s importante prueba.
- Tenga cuidado cuando comunicando con la compa�ia de seguros
de la otra persona. A ellos les interesan resolver su caso tan
r�pido y barato como posible, no en ayudarle a Ud.
- Llame a un abogado. La mayor�a de firmas legales le ofrecen
una consulta gratuita, entonces no hay porque no llamar a
nuestra firma o a otra.
- Ud. podr�a tener dos reclamos en su caso, por da�os
corporales y da�os a su propiedad.
- Podemos ayudarle por hablar con la compa�ia de seguros por
su parte y conseguirle lo m�ximo posible por sus lesiones.
- Ll�menos. Podemos ayudarle.
Compensaci�n al Trabajador
Si su empleador tiene por lo menos tres empleados y si Ud. no es
contratista independiente, puede calificar por beneficios de
compensaci�n al trabajador si se lesiona mientras trabajando. Puede
recuperar dinero si ha sido lesionado por accidente, o si ha
contratado una enfermedad occupacional.
- Consiga dinero por su familia mientras falta trabajo. Si
pierda siete d�as o m�s de trabajo, puede recibir 2/3 de su
sueldo semanal.
- Consiga tratamiento medical. Se puede conseguir tratamiento
medical que le ayuda recuperar. Pero, la compa�ia de seguros
normalmente tiene el derecho dirigir su tratamiento y escoger su
m�dico. Le podemos ayudar conseguir todo el tratamiento que
necesita para recuperar completamente.
- Consiga dinero por su deshabilidad permanente parcial. Cuando
el trabajador lesionado se mejora, el m�dico que le est�
tratando le va a designar un porcentaje de deshabilidad por la
parte afectada del cuerpo. Hay formularios especificados por la
ley para calcular la cantidad de su pago usando este porcentaje
y la parte del cuerpo.
- Nosotros podemos ayudarle conseguir lo m�ximo posible por
sus lesiones ocasionados mientras trabajando.
Cuales son los beneficios de compensacin al trabajador?
El seguro de la compensaci�n al trabajador puede pagar por el
sueldo perdido durante el tiempo que se recupera, el tratamiento
medical, una segunda opinion medical, deshabilidad permanente
parcial, el costo de viajar para recibir tratamiento medical si
viaja m�s que veinte millas, y el costo de la medicina.
�Me pueden despedir si applico por compensaci�n al
trabajador?
No! La ley del estado proteje el trabajador.
�Cu�nto tiempo tengo que esperar antes de recibir los
beneficios semanales?
Tiene que esperar siete dias antes que le pagen los beneficios.
Si falta m�s que 21 dias de trabajo, la compa�ia de serguros le
tiene que pagar los primero siete dias.
Laura les ofrece:
- Consultas Gratuitas
- No paga hasta recuperar dinero
- Servicio personal y dedicado
|